En esta sencilla infografía quisimos mostrar algo de FUT. Un poco de su historia, algunas de las modificaciones que le introdujo la Reforma Tributaria y el régimen opcional y transitorio que permite pagar un impuesto único sobre el total o parte del FUT, vigente en el presente año y hasta el 30 de abril de 2017.
El objeto de este mecanismo especial es que una parte o el total del FUT que una empresa o sociedad mantenga al 31 de diciembre de 2015 y/o al 31 de diciembre de 2016 se afecte con un impuesto sustitutivo, de tasa general 32%, de carácter único, con derecho a crédito, de modo que el monto acogido a dicho régimen se reclasifica como FUNT, disponible de inmediato para que lo retiren los socios o dueños de dichas empresas o sociedades, sin pago alguno de impeusto.
Lo interesante del asunto es que puede utilizarse una tasa especial variable, opción disponible únicamente para empresas o sociedades cuyos socios, propietarios o dueños sean contribuyentes del impuesto global complementario. En esta alternativa, dependiendo de las tasas máximas a que se hayan visto afectos tales socios o dueños en los últimos tres años, el impuesto puede ser muy menor respecto del caso general o incluso cero, con lo cual se puede conseguir un efecto muy beneficioso para tales contribuyentes al cambiar la clasificación, por ejemplo, de todo su FUT por FUNT, o en otras palabras, convertir todas las utilidades tributables acumuladas en su FUT en un monto idéntico no afecto a impuesto alguno.