Mediante Res. 94 Ex., publicada en extracto en el Diario Oficial de 4 de octubre de 2005, el SII ha fijado un nuevo diseño del Formulario 50, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, que regirá a partir del período tributario octubre 2005 (es decir, los impuestos que se deban pagar a través de este formulario hasta el 12 de noviembre de 2005 deben usar el nuevo diseño).
Cabe recordar que mediante este Form. 50 se cancelan, entre otros, los siguientes impuestos: retención del Art. 74 Nº 4 de la Ley de la Renta (Impuesto adicional); impuestos específicos a los combustibles de la ley 18.502; impuestos sobre juegos de azar; rentas esporádicas de 1ª Cat. de la Ley de la Renta; impuesto a los tabacos manufacturados e impuesto del Art. 11 de la Ley 18.211.
Este nuevo diseño incluye los siguientes impuestos que deben declararse a través de este Form. 50:
- Retención del Art. 74 N° 3 de la Ley de la Renta, sobre el pago de rentas del Art. 48
- Retenciones del Art. 74 N° 4, inc. 2°, de la LIR, por operaciones de las letras a), c), d) e), h) y j) del N° 8 del Art. 17 LIR
- Impuesto a vehículos a gas natural comprimido y a gas licuado de petróleo
- Impuesto del 20% de los ingresos brutos de los casinos de juego, Art. 59 Ley 19.995
- Impuestos del Art. 11 de la Ley 18.211, sobre facturas, boletas y Solicitud de Registro Factura
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