El ejercicio de las facultades contempladas en el Art. 3º del D.L. 825 requiere la dictación, por parte de la Dirección Nacional del SII, de una resolución que establezca y precise, de una manera general, los casos en que operará el cambio de sujeto del IVA, los contribuyentes a cuyo cargo se pone la obligación de declarar y pagar el IVA y las condiciones y exigencias a las que deben sujetarse éstos.
Cabe consignar que estas atribuciones sólo pueden ejercerse sobre grupos o sectores de contribuyentes de características homogéneas, no siendo procedente hacer uso de ellas respecto de una persona o empresa determinada.
Cabe consignar que estas atribuciones sólo pueden ejercerse sobre grupos o sectores de contribuyentes de características homogéneas, no siendo procedente hacer uso de ellas respecto de una persona o empresa determinada.
Ahora bien, a contar de la fecha señalada en la propia resolución del SII para su entrada en vigencia, los contribuyentes afectados quedan obligados a retener, declarar y enterar en arcas fiscales el IVA (o el porcentaje del mismo fijado por la respectiva resolución si el cambio de sujeto es sólo parcial) respecto de todas las compras, adquisiciones o utilización de servicios que a partir de dicha fecha, efectúen en las situaciones y a las personas determinadas en la resolución correspondiente.
Sin dar la lista completa de resoluciones que han dispuesto cambios de sujeto del IVA -por su extensión- mencionaré aquí los más recientes casos en que el SII ha hecho uso de la facultad antes señalada:
- Cambio de sujeto del IVA en las ventas de papel y cartón para reciclar (Res. 29 Ex. de 2005)
- Cambio de sujeto del IVA en las ventas de berries (Res. 55 Ex. de 2005)
- Cambio de sujeto del IVA en las ventas de medios de prepago de telefonía e Internet (Res. 109 Ex. de 2005)
- Cambio de sujeto del IVA en las ventas de video cassettes, audio cassettes, diskettes, discos compactos y de formato DVD y similares o análogos (Res. 110 Ex. de 2005)
- Cambio de sujeto del IVA en los contratos de instalación o confección de especialidades (Res. 142 Ex. de 2005)
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