Aunque no hemos podido comentar en el último tiempo, es preciso decir que han habido en este tiempo importantes novedades en materia tributaria, ya sea de carácter normativo o administrativo, pues el SII ha estado muy activo -con polémicas de por medio- en la interpretación de normas tributarias.
Pero vayamos por orden. Las últimas leyes que han introducido cambios significativos en materia tributaria son las siguientes:
- Ley N° 20.455. Publicada a fines de julio, buscaba financiar le reconstrucción del país. Algo ya hablamos de ella en el anterior post, pero es preciso comentarla en más detalle, lo que haremos más adelante. Por ahora sólo diremos -refiriéndonos a sus modificaciones más relevantes- que eleva transitoriamente la tasa del impuesto de primera categoría de la ley de la renta (a 20% por el año comercial 2012 y a 18,5% por el año comercial 2013); introduce un nuevo régimen tributario, que contempla una exención del impuesto de primera categoría (Art. 14 quáter, que favorece a las pymes); elimina ciertos beneficios tributarios del D.F.L. N° 2, de 1959, sobre Plan Habitacional.
- Ley N° 20.448 (D.O. 12.8.10). Conocida como MK 3 o Mercado de Capitales 3, introduce una serie de reformas en materia de liquidez, innovación financiera e integración del mercado de capitales. Al respecto, nos interesa el Art. 6° de dicha ley, que modifica la Ley de la Renta, derogando los artículos 18 bis, 18 ter y 18 quáter, reponiéndolos con algunas modificaciones pequeñas en los artículos 106 a 108 de la Ley de la Renta, incluyéndolos -junto al Art. 109- en el Título VI sobre "Disposiciones especiales relativas al mercado de capitales".
- Ley N° 20.466 (D.O. 30.9.10). Este breve ley fija el sentido y alcance de los dispuesto en el citado Art. 6° de la ley 20.448, en relación a la derogación de los Arts. 18 bis, 18 ter y 18 quáter de la Ley de la Renta, prescribiendo que su finalidad fue reestructurar el tratamiento tributario de aquellas materias relativas al mercado de capitales, de modo tal que su contenido corresponde, en lo principal, al texto de los artículos 106, 107 y 108, respectivamente, de la misma ley. En consecuencia, cualquier referencia que en las leyes se haga a los derogados artículos 18 bis, 18 ter y 18 quáter señalados, debe entenderse efectuada a los referidos artículos 106, 107 y 108, según corresponda de la Ley de la Renta.
- Ley N° 20.469 (D.O. 21.10.10). Esta ley trata sobre el royalty minero. Sustituye el actual Art. 64 bis de la Ley de la Renta, agregando además un nuevo Art. 64 ter, que trata de la renta imponible operacional minera.
En los próximos post analizaremos en detalle estas leyes, especialmente la primera, que introduce el nuevo régimen del Art. 14 quáter, y la última, que introduce cambios a la tributación de la gran minería del Cobre.
Ahora bien, el SII ha impartido las Circulares siguientes en relación con las modificaciones introducidas por las leyes citadas, las que merecen conocerse en detalle para entender los alcances de las modificaciones señaladas:
- Circular N° 57 de 22.9.10. En esta Circular el SII instruye sobre las modificaciones introducidas al D.F.L. N° 2 de 1959 por la ley 20.455. En lo medular, se analizan las personas beneficiarias de dicho D.F.L. (sólo las personas naturales), y el límite de dos viviendas económicas (adquiridas nuevas o usadas) que pueden acogerse a los beneficios del D.F.L. N° 2. La polémica se suscitó por una norma transitoria que fijaba la vigencia de las nuevas normas a contar del 1 de noviembre de 2010 y la posibilidad de adquirir viviendas antes de dicha fecha para permanecer acogidos a los beneficios en comento.
- Circular N° 63 de 30.9.10. Instruye sobre el aumento transitorio del impuesto de primera categoría dispuesto por la ley 20.455 y sobre las otras modificaciones introducidas por esa misma ley a la ley de la renta.
1 comentario:
EN PRIMER LUGAR QUISIERA FELICITARLO POR SU BLOG, ESTUDIO CONTADOR PUBLICO Y AUDITOR, Y EN LA ÉPOCA DE LOS DERECHOS TRIBUTARIOS ME AYUDO PARA RESOLVER MUCHAS DUDAS.
ESTOY TERMINANDO MI TESIS SOBRE LA INVERSIÓN EN I+D EN LAS EMPRESAS DE LA COMUNA DE LLANQUIHUE, EL CUAL TAMBIÉN TRATA SOBRE EL USO DE LA LEY N° 20.241.
QUIERO IMPLEMENTAR UNA ENCUESTA PER O LO ÚNICO MALO ES QUE NO HE TENIDO RESPUESTAS FAVORABLES DE LAS EMPRESAS. ENTIENDO QUE PUEDE SER INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
ME GUSTARÍA PEDIRLE ALGÚN CONSEJO O RECOMENDACIÓN
LE DEJO MI MAIL.
pablo.coyopae@gmail.com
MUCHISIMAS GRACIAS
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