Hoy 1º de enero de 2007 entran en vigencia diversas normas que tienen relación directa con impuestos de distinta naturaleza, los que pasamos a revisar a continuación.
En primer lugar, desaparece definitivamente el impuesto específico del Art. 46 del D.L. 825, ley sobre impuesto a las ventas y servicios, que afectaba a la importación de ciertos vehículos, el que se aplicaba sobre la parte de su valor aduanero que superase los valores establecidos en él. Este es el denominado impuesto al lujo. En efecto, el Art. 1º de la ley 19.914 (D.O. 19.11.03) suprimió el Art. 46 del D.L. 825 (y el 46 bis), a contar del 1.1.07, aplicándose en el período que mediaba entre el 1.1.04 y el 31.12.06 una desgravación paulatina de la tasa original de dicho impuesto (que alcanzaba al 85%), la que durante el último año alcanzaba el 21,25%.
Cabe recordar que este impuesto específico se aplicaba desde hace más de dos décadas (fue agregado al D.L. 825 por la ley 18.483 del año 1985) y que su aporte a arcas fiscales era bastante bajo, representando sólo el 0,06% del total de impuestos en el año 2005. Una buena noticia para los importadores de automóviles de lujo.
Otro impuesto importante que se ve afectado es el de Timbres y Estampillas, del D.L. 3.475, de 1980. En efecto, la ley 20.130 (D.O. 7.11.06) introduce ciertas modificaciones a dicha ley, estableciendo un disminución gradual de las tasas que allí se contienen (Arts. 1º, 2º y 3º), que afectan a las operaciones de crédito de dinero. Para el año 2007, las tasas indicadas en dicho cuerpo legal serán de 0,125% por cada mes o fracción de mes y de 1,5% como tasa máxima, y de 0,625% para los instrumentos o documentos que contengan operaciones de crédito de dinero a la vista o sin plazo de vencimiento. Las tasas que rigieron hasta el año 2006 eran de 0,134%, 1,608% y de 0,67%, respectivamente.
Este rebaja estaba enmarcada dentro del plan Chile Compite, que busca estimular la competitividad de la economía chilena.
Por último, se espera que pronto se promulgue como ley de la República la iniciativa que reduce el impuesto adicional de la ley de la renta sobre la importación de software, asesorías tecnológicas y uso de patentes, del actual 30% al 15%, otra de las medidas del mencionado plan Chile Compite.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario