sábado, 9 de julio de 2016

¿Qué hacer con el FUT en el 2016?


En esta sencilla infografía quisimos mostrar algo de FUT. Un poco de su historia, algunas de las modificaciones que le introdujo la Reforma Tributaria y el régimen opcional y transitorio que permite pagar un impuesto único sobre el total o parte del FUT, vigente en el presente año y hasta el 30 de abril de 2017.


El objeto de este mecanismo especial es que una parte o el total del FUT que una empresa o sociedad mantenga al 31 de diciembre de 2015 y/o al 31 de diciembre de 2016 se afecte con un impuesto sustitutivo, de tasa general 32%, de carácter único, con derecho a crédito, de modo que el monto acogido a dicho régimen se reclasifica como FUNT, disponible de inmediato para que lo retiren los socios o dueños de dichas empresas o sociedades, sin pago alguno de impeusto.

Lo interesante del asunto es que puede utilizarse una tasa especial variable, opción disponible únicamente para empresas o sociedades cuyos socios, propietarios o dueños sean contribuyentes del impuesto global complementario. En esta alternativa, dependiendo de las tasas máximas a que se hayan visto afectos tales socios o dueños en los últimos tres años, el impuesto puede ser muy menor respecto del caso general o incluso cero, con lo cual se puede conseguir un efecto muy beneficioso para tales contribuyentes al cambiar la clasificación, por ejemplo, de todo su FUT por FUNT, o en otras palabras, convertir todas las utilidades tributables acumuladas en su FUT en un monto idéntico no afecto a impuesto alguno. 

1 comentario:

Abogado 2x3 dijo...

El fut y la renta es un tema delicado, creo que siempre al plantearse estas cosas hay que pensar todos los posibles resultados. Si alguien necesita ayuda de mi parte (abogado) y de mi socio (contador), por favor no dude en escribirnos. Ofrecemos nuestros servicios en 2x3. Cualquier duda, aquí estamos.