miércoles, 27 de abril de 2005

Fondo de Utilidades Tributables (FUT). Un poco de historia

Este Registro FUT nace como un mecanismo de control que deben llevar todos los contribuyentes afectos a la primera categoría de la Ley de la Renta (LIR), que declaren su renta efectiva en base a un balence general, según contabilidad completa.
Su origen se remonta a la reforma tributaria establecida por la Ley 18.293, de 1984, que introdujo un importante cambio, entre muchos otros, en cuanto a la tributación de las rentas personales, ya que desde el 1º de enero de ese año se gravan sólo los retiros, remesas o distribuciones percibidos por los socios o accionistas de S.A., permitiendo además imputar como crédito contra los impuestos global complementario o adicional el impuesto de primera categoría pagado por la respectiva empresa.
Ahora bien, como este sistema de tributación requiere llevar en forma muy clara y ordenada tanto las utilidades de las empresas (con sus distintas tasas de impuestos a que estuvieron afectas, que se refleja en los créditos a que tendrá derecho el socio o accionista) y los retiros, remesas o distribuciones, el SII se vio en la obligación de normar la forma de llevar el Libro Auxiliar "Registro de la Renta Líquida Imponible de Primera Categoría y Fondo de Utilidades Tributables" a través de la Res. 891 Ex. de 1985 (modificada por la Res. 791 Ex. de 1986), haciéndolo obligatorio desde el 1.1.84.
Posteriormente, entre las numerosas modificaciones introducidas a la LIR por la ley 18.985 (D.O. 29.6.90), el Nº 2 del Art. 1º de esta última ley sustituyó el Art. 14 de la LIR, introduciendo en forma definitiva el FUT en el número 3º de la letra A del citado Art. 14, número éste que establece que el registro FUT deberá ser llevado por todo contribuyente sujeto al impuesto de primera categoría sobre la base de un balance general, según contabilidad completa, y además estipula las anotaciones que debe incluir el FUT.
A raíz de estas últimas modificaciones, la Res. 891 Ex. antedicha fue sustituida por la Res. 2.154 Ex. de 1991, de la Dirección Nacional del SII, la que contiene las instrucciones actualmente vigentes para llevar el registro FUT.
En una próxima entrega daremos una mirada más detallada a este registro, indicando las anotaciones obligatorias que debe llevar y otros datos para su correcta determinación.

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